Lima, martes 27 de diciembre de 2016
Defensoría del Pueblo detectó venta de pirotécnicos en la vía pública
Nota de Prensa 242/OCII/DP/2016
Ante el riesgo que genera la comercialización ilegal y el uso de pirotécnicos en esta época del año, la Defensoría del Pueblo reiteró a las municipalidades, la Sucamec y la Policía Nacional del Perú (PNP) la necesidad de intensificar las acciones de fiscalización con el objetivo de evitar siniestros. Se invoca a la población a denunciar estas malas prácticas a dichas entidades.
Al cabo de una supervisión por los distritos de la capital –llevada a cabo el 23 de diciembre último– se observó que en la cuadra 2 del Jr. Trujillo (Rímac), en la intersección de la Av. 22 de Julio con Carretera Central (Ate) y entre las calles Las Cascadas con la Alameda del Corregidor (La Molina), se venden productos pirotécnicos en la vía pública, situación que fue comunicada a las municipalidades – a través de oficios- para que intensifiquen las acciones de fiscalización, y así evitar siniestros que afecten la integridad y vida de las personas, especialmente de niñas, niños y adolescentes.
También se ha verificado que 43 municipalidades de Lima Metropolitana y cinco del Callao cuentan con planes de acción y operativos de fiscalización en zonas de comercio de pirotécnicos prohibidos, para cautelar la vida e integridad física de las personas.
Nuestra institución recuerda a la ciudadanía que puede comunicar situaciones de riesgo en cualquier punto del país a nuestra línea gratuita 0800-15170, al correo electrónico consulta@defensoria.gob.pe y las cuentas de redes sociales (inbox de Facebook y Twitter).
Cabe recordar a los gobiernos locales que la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec) autorizó la instalación de 35 ferias de pirotécnicos a nivel nacional –doce en Lima Metropolitana–, las cuales deben cumplir con las condiciones y medidas de seguridad para su funcionamiento. También se han dispuesto medidas de seguridad para la instalación y funcionamiento de locales y módulos de venta directa al público de productos pirotécnicos de uso recreativo permitidos, inclusive en supermercados (Directiva N° 007-2016-SUCAMEC).
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